Gestión defensorial a partir de garantías judiciales en los procesos de la jurisdicción especial indígena
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Fecha
2023
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Defensoría del Pueblo
Resumen
En la Constitución Política de Colombia de 1991 el Estado reconoce y protege la diversidad étnica, cultural y lingüística (artículos 7, 8, 10, 68), y en el capítulo de las jurisdicciones especiales (artículo 246), contempla la potestad de los pueblos indígenas de ejercer funciones jurisdiccionales en sus territorios, conforme con sus propias normas y procedimientos. Debido a lo anterior, se hace necesario promover que los procesos de representación judicial de indígenas a cargo de defensores públicos se desarrollen acorde con la jurisdicción especial cuando exista la competencia.
Siendo los indígenas personas de especial protección constitucional, para la Defensoría del Pueblo es importante que desde su misionalidad se tengan claras las particularidades de las justicias indígenas y la necesidad de que se definan estrategias de coordinación entre estas y la justicia ordinaria. Por ello, se hace una descripción de las justicias propias de doce pueblos indígenas de Colombia.
Descripción
Palabras clave
Jurisdicción especial indígena, Derechos humanos, Justicias indigenas, Comunidades indigenas