Instrumento de medición Derecho al mínimo vital

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Fecha

2023

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Editor

Defensoría del Pueblo

Resumen

El mínimo vital es un derecho innominado que se ha venido delimitando como derecho fundamental desde 1992 a partir de una serie de sentencias de la Corte Constitucional, con las cuales se ha venido constituyendo la conexidad entre el derecho a la subsistencia, el mínimo vital y la dignidad de las personas. Al respecto, la Corte Constitucional estableció en la sentencia T-426 de 1992: Derecho a la subsistencia Aunque la Constitución no consagra un derecho a la subsistencia éste puede deducirse de los derechos a la vida, a la salud, al trabajo y a la asistencia o a la seguridad social. La persona requiere de un mínimo de elementos materiales para subsistir. La consagración de derechos fundamentales en la Constitución busca garantizar las condiciones económicas y espirituales necesarias para la dignificación de la persona humana y el libre desarrollo de su personalidad. Al interpretar restrictivamente el alcance del derecho a la subsistencia el juez desconoció la importancia de la solicitud de tutela respecto de los derechos de seguridad social y de asistencia y protección de la tercera edad, en las especiales circunstancias del solicitante. (Corte Constitucional, 1992)

Descripción

Palabras clave

Minimo vital, Normativa internacional, Normativa nacional

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